El proyecto de Ley de Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos, conocida como Ley Ómnibus, que incluía reformas económicas, impositivas, energéticas, penales, electorales y que amenazaba a la Cultura así como a las Sociedades que gestionan el derecho de autor finalmente no logró obtener el apoyo necesario en el Congreso de la República Argentina y fue retirada del Congreso.
Ante la falta de respaldo, tanto de la Cámara de Diputados como de Gobernadores de distintas provincias de la Argentina, el presidente Javier Milei retiró una ley que dada la complejidad y las pretensiones -con algunas medidas que iban en contra de la Constitución Nacional- fueron determinantes para su retirada.
Cabe aclarar que tras presentar un Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) de 366 artículos, destinado a la desregulación de la economía, el presidente argentino envió inmediatamente al Congreso la Ley Ómnibus que entre las distintas medidas planteaba cambios sustanciales en la gestión de los derechos de propiedad intelectual.
Esta modificación buscaba convertir la gestión de los derechos de propiedad intelectual de obligatoria a voluntaria e individual, afectando directamente a entidades como Directores Argentinos Cinematográficos (DAC), ARGENTORES, la Sociedad Argentina de Autores y Compositores de Música (SADAIC) y la Sociedad Argentina de Gestión de Actores Intérpretes (SAGAI).
Ante esta propuesta, diversos organismos vinculados al sector cultural, como el Instituto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales (INCAA) y la Escuela Nacional de Experimentación y Realización Cinematográfica (ENERC), expresaron su preocupación, ya que la ley ponía en riesgo su continuidad de funcionamiento. En respuesta a esta amenaza, los trabajadores del sector cultural realizaron un paro nacional el día 24 de enero, convocado por la Confederación General del Trabajo (CGT), en rechazo al DNU y la Ley Ómnibus.
En ese sentido, distintos referentes de la cultura argentina expresaron su descontento ante los legisladores, destacando la perjudicial naturaleza de estas leyes. A pesar de algunas modificaciones anunciadas en el proyecto original, se identificaron disposiciones que afectaban gravemente el sistema de derechos de autor, perjudicando a directores, guionistas, actores y músicos de todo el país.
El proyecto de ley amenazaba -según indicaron las instituciones de gestión colectiva argentina- con “desmantelar los beneficios sociales” que proporciona este tipo de gestión y que el mismo no “evalúa el modelo de éxito que representa la gestión colectiva por género en Argentina, un monopolio legal, licito y vigente desde hace décadas. Un sistema que encuentra su paralelo en Estados Unidos. Efectivamente allí, aún en el país considerado como uno de los más liberales del mundo, reconoce la importancia de salvaguardar los intereses de los creadores de forma unitaria y centralizada por ello bajo la figura jurídica conocida como «Guild» o gremio, se protegen los derechos creativos de los directores”.
Un apoyo que resultó fundamental
En este contexto de incertidumbre, las Sociedades de Gestión recibieron un vital apoyo a nivel internacional, con más de 25 instituciones de todo el mundo expresando su respaldo. Entre las entidades que enviaron misivas de apoyo se destacan Autores Audiovisuales Confederación Internacional (AVACI); la Confederación Internacional de Sociedades de Autores y Compositores (CISAC); la Federación de Sociedades Audiovisuales de Latinoamérica (FESAAL).
A la vez distintas asociaciones de Europa como la Société Civile des Auteurs Multimédia de Francia (LA SCAM); la Sociedad General de Autores y Editores de España (SGAE), la Union of Audiovisual Authors and Producers de Polonia (ZAPA), la eslovena AIPA, la británica Authors' Licensing and Collecting Society Ltd (ALCS); la suiza Société Suisse des auteurs (SSA) y desde Oceanía la Australian Screen Directors Authorship Collecting Society (ASDACS).
Entre las latinoamericanas brindaron su apoyo la Sociedad Panameña de Autores y Compositores (SPAC); las colombianas Directores Audiovisuales Sociedad Colombiana de Gestión (DASC), la Entidad de Gestión Colectiva de Derechos de los Productores Audiovisuales de Colombia (EGEDA); la Sociedad de Autores y Compositores de Colombia (SAYCO) y la Red Colombiana de Escritores Audiovisuales (REDES); la uruguaya Asociación General de Autores del Uruguay (AGADU); la chilena Sociedad de Directores Audiovisuales, Guionistas y Dramaturgos (ATN); la Asociación Peruana de Autores y Compositores (APDAYC); la venezolana Sociedad de Autores y Compositores de Venezuela (SACVEN); la Sociedad Boliviana de Autores y Compositores de Música (SOBODAYCOM) y la mexicana Sociedad de Autores y Compositores de México (SACM).
Hasta el momento se desconocen cuáles serán los próximos pasos del Gobierno argentino, que enfrenta un escenario en el que la Ley Ómnibus no contó con el respaldo necesario debido a sus repercusiones negativas en distintos ámbitos y sectores con una gran resistencia tanto a nivel nacional como internacional. En ese contexto, la incertidumbre aún acecha el futuro de las políticas culturales y la gestión de los derechos de autor en la Argentina.
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